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¿Qué diferencia hay entre Ley Estatutaria y Ley Ordinaria en el Proceso de Reforma a la Salud?

Reunión doctores

El sistema de salud en Colombia ha estado en constante evolución, enfrentando desafíos y reformas que buscan mejorar la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos. En este contexto, es fundamental entender las diferencias entre una Ley Estatutaria y una Ley Ordinaria, ya que ambas juegan roles cruciales en la configuración del marco legal que regula la salud en el país.

¿Qué es una Ley Estatutaria?

Una Ley Estatutaria es una norma que se encarga de regular derechos fundamentales y aspectos esenciales de la Constitución. Estas leyes tienen un proceso de aprobación más riguroso que las leyes ordinarias. En el ámbito de la salud, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 es una de las más relevantes, ya que define el derecho fundamental a la salud para todos los colombianos. Esta norma establece que la salud no puede estar sujeta a barreras administrativas o económicas y garantiza el acceso universal y equitativo a servicios de salud. El proceso de aprobación de una Ley Estatutaria implica que debe ser revisada por la Corte Constitucional antes de su promulgación, lo que asegura su alineación con los principios constitucionales. Además, este tipo de ley tiene un carácter superior, lo que significa que ninguna Ley Ordinaria puede contradecirla.

 

¿Qué es una Ley Ordinaria?

Una Ley Ordinaria, por otro lado, es una norma que regula aspectos generales de la vida cotidiana de los ciudadanos y de la estructura del Estado. Estas leyes son aprobadas por mayoría simple en el Congreso y tienen un proceso de aprobación menos estricto que las leyes estatutarias. En el ámbito de la salud, las leyes ordinarias suelen regular aspectos técnicos y operativos, como la organización del sistema de salud, la prestación de servicios, el manejo de recursos, y la creación de entidades relacionadas con el sector.

Un ejemplo de Ley Ordinaria en el contexto de la salud es la Ley 100 de 1993, que estableció el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Esta ley define cómo se financian y organizan los servicios de salud, pero siempre debe respetar los principios establecidos en la Ley Estatutaria.  salud, pero siempre debe respetar los principios establecidos en la Ley Estatutaria.

¿Cómo impactan una u otra la Reforma a la Salud?

Uno de los grandes retos que enfrenta el sector salud en Colombia es el flujo de recursos y la sostenibilidad financiera del sistema. En los últimos años, las reformas han generado debates sobre la eficacia de las leyes ordinarias para garantizar el acceso oportuno y de calidad a los servicios de salud, lo que ha llevado a la necesidad de armonizar la legislación con la Ley Estatutaria de Salud.

Las reformas deben considerar tanto las leyes ordinarias como las estatutarias para asegurar que los derechos fundamentales no se vean comprometidos por cambios operativos o administrativos. El proceso de reforma, como lo han discutido expertos en eventos recientes,
requiere de una negociación objetiva y cuidadosa entre las diferentes fuerzas políticas, siempre con el objetivo de priorizar el bienestar de la población.
Por ejemplo, en el reciente conversatorio “Conversemos: Entorno Sectorial”, organizado por la Asociación Colombiana de Instituciones de Salud Domiciliaria (ACISD), se discutió cómo la diferencia entre las leyes estatutarias y ordinarias afecta la implementación de políticas en
salud. Según Fabiola Alba, Jefe Jurídica de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, una de las mayores problemáticas es el flujo de recursos, que muchas veces se ve afectado por la falta de cumplimiento de los indicadores establecidos en las leyes ordinarias, mientras
que la Ley Estatutaria garantiza el acceso a la salud como derecho fundamental.

La diferencia entre una Ley Estatutaria y una Ley Ordinaria en el proceso de reforma a la salud es fundamental para comprender cómo se estructura el sistema de salud en Colombia. Ambos tipos de leyes deben complementarse para asegurar un sistema de salud equitativo, accesible y sostenible.

Fuentes:
● Ley Estatutaria 1751 de 2015.
● Ley 100 de 1993.
● Ministerio de Salud y Protección Social 

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